Dictamen Fiscal Nº 279
Fecha: 18/02/2025
Voces:
Contrataciones del Estado – Contratación directa – Alquiler – Actualización del valor locativo por ICL o IPC. Competencia.
- [Actualización del valor locativo por ICL o IPC. Competencia] En la cláusula cuarta del modelo de contrato de fs. 92/94 se establece que el importe del alquiler mensual será actualizado trimestralmente con la variación del I.C.L. o I.P.C., el que resulte menor. Al respecto, cabe señalar que el D.N.U. N° 70 de fecha 20/12/2023 derogó la Ley de Alquileres N° 27.551 y modificó el régimen de los contratos en el Código Civil y Comercial de la Nación, pudiendo las partes pactar libremente el ajuste del valor de los alquileres utilizando cualquier índice, público o privado. La evaluación de la conveniencia económica del índice de variación pactado, es competencia de los organismos técnicos de la repartición.
