Dictamen Fiscal Nº 670
Fecha: 14/04/2025
Voces:
Bienes del Estado – Bienes de Dominio Público – Edificios del Estado - Ejercicio de la autotutela administrativa –Ocupación ilegítima de la casa habitación de una escuela - Intervención. Competencia
- [Intervención. Competencia] En el caso en análisis, esa intervención le cabe al Ministerio de Educación, quien se encuentra facultado para adoptar las medidas administrativas pertinentes para hacer cesar toda situación de hecho y/o actividad con motivo de la ocupación ilegal del inmueble de propiedad del Superior Gobierno de la Provincia, en ejercicio de la autotutela administrativa, y con el auxilio de la fuerza pública en caso de resultar necesario. Todo ello, previa intimación al ocupante para que, en el plazo que se le acuerde, desocupe el inmueble en forma voluntaria.
