DICTÁMENES DESTACADOS

VOCES

FORMALIDAD. INSTRUMENTACIÓN

FORMALIDAD. INSTRUMENTACIÓN


Dictamen Fiscal Nº 2768

Fecha: 22/12/2021

Voces:

Donaciones al Estado – Cesión de inmuebles. Normas aplicables – Aplicación de normas del Derecho Privado - Donaciones al Estado. Formalidad. Instrumentación

-[Donaciones al Estado. Formalidad. Instrumentación] En ese sentido, entonces, cabe remitirse a la disposición del artículo 1553 del CCyCN, que establece que las donaciones al Estado pueden acreditarse con las actuaciones administrativas.

Resulta oportuno citar aquí la opinión de Ricardo Luis Lorenzetti respecto de la disposición del artículo 1553, contenida en el Código Civil y Comercial de la Nación Comentado, Tomo VII (Arts. 1280 a 1613), Rubinzal-Culzoni Editores (2015), cuando expresa que: "(...) Una disposición similar fue introducida por la ley N° 17.711, que no hizo más que reconocer lo que la jurisprudencia anterior venía admitiendo, en el sentido de que se trataba de actos regidos por el derecho administrativo y no por el Código Civil".

En la interpretación de la norma, sostiene que: "Pese a la utilización del verbo "acreditar", debe concluirse que en realidad no se trata de una cuestión de prueba, sino de una forma alternativa a la que cabe asignarle el mismo carácter que a la impuesta en el artículo anterior, pues la disposición no expresa en forma precisa que estas donaciones constituyan una excepción a la disposición precedente. Es decir que también se trata de una forma solemne absoluta".

Dictamenes Vinculados: Dictamen N° 3383 del 25/11/2022